Ocho comentarios breves sobre la resolución del Banco Popular

  1. El BCE puede actuar rápidamente si considera que un banco ha alcanzado el punto de no viabilidad (PONV) y activar un plan de resolución. Es obvio que la velocidad con la que actuaron los reguladores cogió al mercado por sorpresa.  Al mismo tiempo, el modo en que una entidad reguladora determina si un banco es inviable sigue siendo una zona gris (teniendo en cuenta la situación en la que se encuentran algunos de los bancos italianos más débiles).
  2. Las pruebas de resistencia de la UE no son un método demasiado fiable para valorar la viabilidad de un banco a medio plazo. Esto no es nuevo, pero el caso del Banco Popular debería servirnos para recordarlo, teniendo en cuenta que obtuvo un ratio de capital CET 1 del 7,0%, bajo pero que le permitía pasar, en las pruebas de 2016.  De igual modo, un coeficiente de cobertura de liquidez (LCR) alto sirve de poco consuelo ante la retirada de depósitos (el LCR del Banco Popular del 146% superaba con creces el mínimo del 100% que establece la normativa).
  3. En lo que concierne a las contingencias de la conversión de la deuda AT1, lo más probable es que el detonante de inviabilidad provoque conversiones o amortizaciones y no la caída del ratio de capital, restando importancia a la diferencia entre los high-trigger y los low-trigger CoCos.
  4. Las valoraciones de los activos de un banco tienden a caer en picado después de que el banco se considere no viable. Tanto si se debe a los efectos de las señales, como si se trata de incentivos reguladores para ser más conservadores, las pérdidas sufridas por los inversores han superado históricamente las previsiones del mercado, lo que se ha traducido en resoluciones o rescates (tenemos otro ejemplo de ello en el Novo Banco de Portugal).
  5. En situaciones de estrés, las pérdidas de la deuda Tier 2 no son muy distintas de las de los bonos AT1. La rápida y completa amortización de la T2 pone de manifiesto la postura potencialmente poco envidiable en la que se encuentran los inversores de T2.  No es nuestra intención sugerir que planteen los mismos riesgos (al contrario de la T2, los bonos AT1 comparten muchas características con la renta variable, como, por ejemplo, las distribuciones discrecionales y la posibilidad de ampliación a perpetuidad), pero, en un caso de inviabilidad, es posible que la T2 no ofrezca demasiada protección a los inversores.
  6. La línea que separa el PONV de la resolución es muy fina (los bonos senior no preferentes también están diseñados para asumir pérdidas). Mientras que la deuda senior no preferente es un instrumento de resolución, y no un instrumento PONV, es más que probable que, cuando un banco llegue al PONV, se produzca una resolución y se active la deuda senior no preferente. Hay casos en los que la conversión de deuda subordinada puede bastar para evitar la resolución de un banco, pero depende del tamaño de la pérdida que sufre la entidad individual. Teniendo en cuenta los incrementos relativos de valor del punto anterior, creemos que la probabilidad de que se produzca una resolución después de un PONV es bastante alta. En este caso, no había deuda senior no preferente pendiente, pero si la hubiera habido, es muy posible que también hubiese asumido pérdidas.
  7. Pese a que en este caso se ha evitado la deuda senior, no pensamos que esto signifique que las entidades reguladoras estén haciendo todo lo posible para evitar pérdidas de deuda reestructurable en futuras ocasiones. Es más probable que los reguladores intenten proteger la deuda senior que es pari-passu con depósitos u otros pasivos senior, en aras de una resolución «limpia» y la estabilidad financiera, pero para ellos es más sencillo reestructurar pasivos de depósitos (por ejemplo, deuda senior alemana, deuda senior HoldCo o deuda senior no preferente) y no debemos esperar que los protejan.
  8. Persisten ciertos interrogantes sobre el principio de que ningún acreedor debe quedar peor que en liquidación (principio NCWO), puesto que no está claro cómo habrían sido tratados en tal caso los titulares de deuda subordinada del Banco Popular.  Es posible que crean que las medidas que está tomando el Santander respecto a los préstamos incobrables son demasiado conservadoras (provocarán unos ratios de cobertura significativamente más altos que el promedio de la banca española, aunque esta media puede que no sea una referencia razonable) y, en consecuencia, litiguen.  La Junta Única de Resolución (JUR) del BCE no mencionó el principio NCWO en sus comunicaciones sobre el Banco Popular, lo cual plantea preguntas acerca de la forma en que gestionaron esta obligación.

El valor de las inversiones fluctuará, por lo que el precio de los fondos puede subir o bajar, y es posible que no recupere la inversión inicial. Las rentabilidades pasadas no son un indicativo de las rentabilidades futuras.

M&G Financial Credit Team

Blast from the Past logo Blast from the Past logo

17 años de artículos de opinión

Descubre el extenso historial de posts en la sección de nuestro archivo "Blast from the Past". Aquí puedes consultar los posts publicados en el blog este mes o ¡los de hace 5, 10 o 15 años atrás!